AUTÒNOMS SOCIETARIS - TARIFA PLANA SEGURETAT SOCIAL

Los autónomos societarios podrán reclamar que se les devuelva el exceso de cotización por no haberse podido acoger a la tarifa plana.  Esta ha sido la sentencia dictada por el Tribunal Contencioso Administrativo número 2 de León, que ha dado la razón a un autónomo frente al criterio establecido por la Tesorería General de la Seguridad Social.

El contencioso parte de una devolución de ingresos indebidos que fue desestimada por la Seguridad Social, cuya Tesorería comenzó a girar la cuota íntegra de autónomos al trabajador después de haber disfrutado de la tarifa plana en lugar de aplicar las reducciones contempladas en la Ley durante el segundo año de actividad (del mes 12 al 18 el autónomo podrá reducirse el 50% de la cuota y del 18 al 24 el 30%).

El autónomo no se conformó con esta negativa, y decidió interponer un recurso en agosto de 2018. La sentencia, dictada el 11 de julio de 2019, finalmente le ha dado la razón, y obliga a la Seguridad Social a devolver 1.300 euros al trabajador afectado, cantidad que se corresponde a lo que ha cotizado de más durante los doce meses de 2018 cuando podría haber estado disfrutando de la tarifa plana.

Esta sentencia, que se une a otras favorables, abre la puerta a que muchos autónomos societarios se animen a reclamar el exceso de cotización ante la Seguridad Social, hasta ahora vetada para este tipo de trabajadores, en muchas ocasiones por desconocimiento o por los costes económicos que supone un recurso de este tipo.

Hasta el momento, la Tesorería ha acatado las sentencias y no ha interpuesto ningún tipo de recurso alguno ante el Supremo. Sin embargo, sin una jurisprudencia detrás que ampare a los autónomos, el criterio continúa siendo el mismo, y no se ha articulado un mecanismo general para reclamar estas cantidades.

Así que, por el momento, la única vía que tiene un autónomo para reclamar estas cantidades continúa siendo, la judicial.

En Premià Advocats disponemos de profesionales altamente cualificados para asesorarte y reclamar la devolución del exceso de cotización por no haberte podido acoger a la tarifa plana.

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Fuente:  pymesyautonomos