NUEVA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO SOBRE LOS GASTOS PAGADOS AL INICIO DE LA HIPOTECA

Todos los consumidores que firmaron préstamos hipotecarios antes de la entrada en vigor de la ley de contratos de crédito inmobiliario, en junio de 2019, pueden recuperar el 100% de los gastos pagados sin necesidad de acudir por la vía judicial declarativa. Pudiendo acudir directamente a la vía de ejecución (también es judicial, pero el plazo es más breve). 

Siempre y cuando se trate de una de las siguientes entidades: Kutxabank, Banco de Caja España de Inversiones Salamanca y Soria (ahora Unicaja Banco), ING Bank y Deutsche Bank. 

Así como, si su domicilio está en Barcelona, debe tener en cuenta que la reclamación de los gastos prescribe a los 5 años según la jurisprudencia catalana. Si vives en Valencia, Madrid o País Vasco no existe prescripción. 

En el caso de que su escritura cumpla los requisitos: los magistrados han anulado las cláusulas de atribución de gastos hipotecarios, de manera que los bancos tendrán que devolver el 100% de los gastos de registro de la propiedad y el 50% de notario (constitución, modificación o novación), gestoría y tasación en la constitución de hipoteca. Además, las entidades deberán abonar los intereses legales desde la fecha de pago de cada gasto. 

Envíenos su hipoteca y le informaremos de si ésta cumple o no los requisitos para beneficiarse de esta nueva ley.